Para la licencia:
- DNI del solicitante.
- DNI del propietario/a del local, vivienda o finca (en caso de que el propietario/a sea una persona jurídica, fotocopia de la escritura de otorgamiento de poderes de representación).
- Autorización del propietario/a del local, vivienda o finca en el caso de no coincidir con la persona solicitante.
- Contrato de alquiler
Para la legalización (En format electrònoci i en PDF:
- Planos del local a escala 1:100 con indicación de superficie ocupada por aparcamiento o zona de carga/descarga, ancho de la acera, del acceso de la fachada y del vado, grafiando los elementos urbanísticos afectados y el número y tipo de vehículos que podrá indicar la superficie del local.
|
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Públicas.
- Decreto 336/1988, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Patrimonio de las Entidades Locales.
- Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención a la ciudadanía.
- Ley 59/2003, de 19 diciembre, de firma electrónica.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
- Ordenanza Reguladora de Vados (BOP de Barcelona, núm. 166, de 13 de julio de 1994).
- Ordenanzas fiscales. Ordenanza fiscal n. 10
|