Objeto |
El idCAT es un identificador digital que garantiza la identidad e integridad de las transacciones electrónicas en Internet y permite operar con diferentes administraciones (Ayuntamientos, Generalitat, Agencia Tributaria, Catastro, DGT, etc.) y firmar digitalmente documentos, correos, facturas, etc.
Una vez instalado el certificado en el ordenador, se puede exportar en cualquier soporte (CD, clave USB...), así como replicarlo en tantos ordenadores como se quiera. |
Personas Beneficiarias |
Cualquier persona física mayor de edad
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Requisitos
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Hay que dirigirse personalmente en un PAC con el documento de identificación, donde se le hará una prevalidación de sus datos.
- El operador/a del PAC introducirá los datos del interesado/a en la aplicación y este último introducirá un código alfanumérico de 4 dígitos que le permitirá autentificarse a la hora de hacer la instalación del certificado en su domicilio. El operador/a entregará una copia del documento de comparecencia donde consta una contraseña automática para la instalación de los certificados generados en software.
- Una vez en casa, Instalación y Descarga del Software que se encuentra accediendo a idcat.cat. Es necesario que os identifiquéis con el documento acreditativo (NIF o NIE), la contraseña automática que se ha generado automáticamente al hacer la prevalidación y el código alfanumérico que ha introducido en el PAC (dispone de 90 días para hacerlo).
- Una vez introducidos estos datos, se genera el certificado digital y se realiza la instalación.
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Lugar de presentación
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Puntos de Atención a la Ciudadanía (PACs) o bien Telemáticamente en la web
Obligatoria cita previa.
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Documentación a presentar
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- Original y fotocopia del NIF, NIE, DNI de otros paises (paises miembros del acuerdo Schengen) o pasaporte
La documentació ha de ser vigente o estar en proceso de renovación. En el caso de aportar el NIE sin fotografía, se debería de aportar, además, oltro documento oficial en que aparezca la foto, para que el operador pueda hacer el acaramiento y, de esta manera, garantizar que es usted quien se ha personado en la entidad de registro.
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Plazo de presentación
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Plazo de resolución
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Inmediato
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Vigencia de las condiciones expuestas
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4 años. Transcurrido este plazo, será necesario renovar el certificado.
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Efectos del silencio administrativo
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Información
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Regulación |
- Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
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Órgano Gestor
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Punto de Atención a la Ciudadanía
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