Objeto |
En las relaciones que los ciudadanos tengan con las Administraciones Públicas a través de la utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, se debe garantizar la disponibilidad, acceso, integridad y autenticidad de la información y datos que se pongan al alcance de los ciudadanos. Asimismo, la Administración debe promover la utilización de tecnologías informáticas en la tramitación de los procedimientos administrativos. A estos efectos la Administración se podrá identificar mediante sistemas de códigos seguros de verificación o certificados electrónicos de firma, previamente aprobados por los órganos competentes y publicados en los boletines oficiales, garantizando la publicidad de aquellos documentos electrónicos que se puedan realizar mediante estas técnicas.
Relación de documentos del ORGT con sistema de verificación electrónica
Acceso a los archivos del ORGT para verificar la autenticidad de una copia impresa del documento |
Personas Beneficiarias |
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Requisitos
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Lugar de presentación
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Organismo de Gestión Tibutaria, o bien Telemáticamente, accediendo a la web http://orgt.diba.cat/cat/. De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los sujetos que estén obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas, han de presentar las solicitudes telemáticamente a través de la Sede Electrónica.
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Documentación a presentar
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Plazo de presentación
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Plazo de resolución
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Inmediato
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Vigencia de las condiciones expuestas
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Efectos del silencio administrativo
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Información
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Regulación |
- Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención a la ciudadanía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
- Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
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Órgano Gestor
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Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona
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