Objeto |
Intervención municipal para autorizar la apertura de centros destinados a culto. |
Personas Beneficiarias |
Titular de la confesión religiosa.
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Requisitos
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A concretar con los Servicios Técnicos Municipales, según aforo, características del local m2, etc.
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Lugar de presentación
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De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica, los emprendedores y los titulares de las actividades económicas, y las personas autorizadas por éstos o sus representantes, tienen la obligación de relacionarse digitalmente con las administraciones públicas implicadas. Las solicitudes deben presentarse telemáticamente a través de la Sede electrónica de la web municipal www.esplugues.cat o bien, a través del Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya.
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Documentación a presentar
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- Solicitud según impreso pdf de la derecha.
- Proyecto técnico: Memoria descriptiva, Planos (Emplazamiento, Distribución interior, Sección).
- Cumplimentar cuestionario.
- Declaración responsable del cumplimiento de la normativa de aplicación de llicencias de actividades.
- Documentación en soporte informático.
- Si es necesario, certificado de coincidencia entre soporte informático y papel.
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Plazo de presentación
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Plazo de resolución
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30 días
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Vigencia de las condiciones expuestas
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Siempre
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Efectos del silencio administrativo
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Positivo
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Información
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Abono de la tasa |
Regulación |
- Normativa sectorial específica.
- Decreto 94/2010 desarrollo de la Ley 16/2009
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Órgano Gestor
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Servei Jurídic de Territori y Sostenibilidad
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