Objeto |
El objeto es regular la concesión de subvenciones a las entidades del tercer sector que lleven a término proyectos de mobilización de viviendas vacías para destinarlas a alquiler social destinado a personas en riesgo de exclusión residencial |
Personas Beneficiarias |
Entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos siguientes
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Requisitos
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1- Estar vinculadas a la Taula d'Entitats del Tercer Sector social de Catalunya
2- Teneir un objeto social coincidente con la actividad subvencionada
3- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Esplugues, la 'Agencia Tributaria y la Seguridadt Social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, si procede.
4- No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condemnatorias , por haber cometido o tolerado prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o de género.
5- El resto de requisitos fijados en la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Esplugues.
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Lugar de presentación
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Presencialmente en los Puntos de Atención al ciudadano o en la Sede electrónica. De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los sujetos que estén obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas, han de presentar las solicitudes telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la web municipal www.esplugues.cat
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Documentación a presentar
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La solicitud contendrá, como mínimo, los requisitos siguientes:
a) Nombre y apellidos de la persona interesada o del representado de la entidad a quien representa; NIF; dirección a efectos de notificación
b) Hecho, motivos y importe de la subvención que se solicita
c) Declaración expresa que complen todos los requisitos exigidos
d) Descripción del proyecto y presupuesto detallado de los datos económicos
e) Lugar, fecha i firma de la persona solicitante
Con la solicitud se adjuntará la siguiente documentación (originales):
A) Personas físicas y jurídicas:
1. DNI/NIF de la persona firmante de la solicitud
2. Proyecto descriptivou de la actividad , con presupuesto detallado de los gastos
3. Domiciliación bancaria para transferir el importe de la subvención (documento annexo 1)
4. Declaración de las subvenciones recibidas de instituciones públicas o privadas para este programa y compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro (documento anexo 2)
5. Declaración de no encontrarse inhabilitada para contratar con las Administraciones Públicas o parar obtener subvención de las mismas y de encontrarse facultado para actuar en nombre de la entidad (documento anexo 2)
6. Certificados de encontrarse al corriente de pago con Hacienda y con la Seguridad Social
B) A más a más las personas jurídicas deberán de presentar (originales):
1. Estatutos
2. Acta de constitución
3. NIF/CIF de la entidad
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Plazo de presentación
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Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 9 de diciembre de 2016
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Plazo de resolución
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1 mes a contar desde el día hábil siguiente al de la finalización del periodo de presentación de solicitudes
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Vigencia de las condiciones expuestas
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Mientras estén vigentes las Bases específicas
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Efectos del silencio administrativo
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Información
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Regulación |
Bases específicas para el otorgamiento de subvenciones destinadas a la mobilización de viviendas vacías para alojar personas en riesgo de exclusión residencial
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Órgano Gestor
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Comisión Cualificadora , encargada de realizar la propuesta de resolución de las diferentes subvenciones, formada segúb establece el artículo 7 de las Bases específicas
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